lunes, 13 de septiembre de 2010

El "Robaperas" de San Agustín

Escrito en la clase de Filosofía Medieval


En el capítulo IV del libro segundo de Confesiones, Agustín nos relata que cuando andaba de pandillero hurtó frutos de un peral. Él y sus amigos se deleitaron en hacerlo. Imagínense, un grupo de adolescentes cargados de adrenalina por robar peras, pero no excitados por el hecho de comérselas, sino por la acción misma de transgredir lo prohibido.
            Nos cuenta el filósofo que cuando tenían los frutos se los tiraron a los puercos, es decir, su rollo era andar de malilla y disfrutar de la anarquía. Sin embargo, eso no es lo sorprendente, lo admirable es concebir al joven contento por tirarles kilos y kilos de frescas peras a los cochis. Entonces, en estas consideraciones surgen tres preguntas: ¿Quiénes fueron los más perjudicados? ¿El santo Agustín, el dueño del peral… o los cerditos?
 

  Al pasar tiempo, Agustín ya colmilludo, recuerda la escena en que anduvo de rata y nota que su acción no fue llevada por una necesidad, sino que fue  “únicamente por carencia y hastío de justicia y por exceso de iniquidad” (Agustín, 1999, pág. 24), comprendiendo así que “lo esencial […] era hacer lo que [le] venía en gana precisamente porque estaba prohibido” (Agustín, 1999, pág. 24). Entonces, tal comprensión lo lleva a plantear que “No [amó] lo que perseguía con [su] degradación, sino [que amó la] degradación misma” (Agustín, 1999, pág. 24).
            El impulso de querer la degradación misma se traduce como corrupción del alma, y esto a su vez, se manifiesta en Agustín, como una transgresión revestida de deseo, lo que conlleva a considerar que los individuos han sido sujetados por una moral que inútilmente trata de hacer al hombre justo o virtuoso. Debido a esto la ley de Dios viene después -y nunca antes-  del pecado cometido.
            Como reafirmación de lo expuesto citemos a Agustín al decir: “El hurto es castigado, ciertamente por tu ley, Señor, y también por la ley que está escrita en los corazones de los hombres, ley que ni siquiera la misma iniquidad puede borrar.” (Agustín, 1999, pág. 23). Por tanto, según la nota al pie, “Esta frase de las Confesiones resume la concepción agustiniana de la conciencia moral y de la ley.” (Agustín, 1999, pág. 23). En consecuencia tenemos la confirmación bíblica de la necesidad profética de abolir los mandamientos mediante una nueva ley, a decir, de gracia. Es entonces, que en Agustín se refleja la idea de “una ley divina fija e inmutable [,] transmitida al hombre, [e identificada] con ‘la razón y el espíritu del sabio’ y [que] dice ‘lo que el hombre debe hacer y lo que debe evitar’”. (Agustín, 1999, pág. 23)[1].  Siendo así, es una “ley grabada en la naturaleza humana por una fuerza innata y que puede ser denominada, por ende, natural. [No obstante] Puede ser obnubilada por el vicio; sin embargo, jamás podrá ser extinta, y esta permanencia basta para justificar el título de prevaricadores otorgado a los pecadores todos”. (Agustín, 1999, pág. 24)[2].
            Ahora bien, la “ley natural” referida en Agustín hace énfasis en que está depositada en la unidad del espíritu, de este modo, es entenebrecida en la naturaleza corporal del hombre, a tal grado, que los individuos requieren de una moral para poder subsistir y guiarse en una sociedad esclavizada por la corrupción. Por lo tanto, en este episodio aparece el primer pacto referido en el Antiguo Testamento que explica la prescripción de la vieja ley de Dios a Moisés. No obstante, el robaperas de Agustín se da cuenta que estos mandamientos denuncian el olvido de los hombres hacia Dios, por lo tanto, al dictarse el primer pacto es delatada la perdición de la naturaleza espiritual que se liga a Iahvé.
            Según el escritor cristiano contemporáneo Neil T. Anderson, cuando el hombre pecó su naturaleza espiritual pasó del zoe al bios. Definiendo así que zoe es la vida espiritual cuando el alma está en unión con Dios, y que bios es la vida física cuando el alma está simplemente unida al cuerpo. (Anderson, 2002, pág. 30). Relacionándolo con Agustín podemos deducir que la ley natural impresa en el espíritu de los hombres ha sido nublada por la condición del alma y el cuerpo. Tomando así, la necesidad de despojar la moral de los hombres para descubrir la ley verdadera de Dios por medio de la gracia de Jesucristo, es decir, el Mesías del nuevo pacto.
            Esta verdad revelada del nuevo pacto se describe como la abolición de la ley dada a Moisés, trayendo como consecuencias la era de la gracia y, por ende, el entendimiento de la misericordia y justicia de Dios. Así, el Robaperas encuentra la verdadera ley en el nuevo pacto, es decir, por la fe en Cristo. De este modo, análogamente con Platón, se va vislumbrando lo ideal cuando se va ascendiendo por medio de la verdad.
            En conclusión, según Agustín, el hombre tiene impreso en el espíritu la ley de Dios, en este estado originario existe zoe, pero la corrupción del alma y del cuerpo ciega dicha verdad  para los hombres y decae en una bios, por lo tanto, este es el motivo de requerir la alianza de un nuevo pacto. Entonces, cambiando un poco el tema, ¿qué pasaría con los cerdos? Al parecer absolutamente nada puesto que sus almas se ligan a su sangre. Por ende, retomando a Orígenes, el hombre es el único ser que puede tener fe y unirse con Dios.

 

Bibliografía


Agustín, S. (1999). Confesiones. En S. Agustín, Libro segundo. México: Porrúa.
Anderson, N. T. (2002). Victoria sobre la oscuridad. Florida: Unilit.




[1] Aparece en la nota al pie del primer párrafo del libro segundo – Cap. IV.
[2] Nota al pie.

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